El director general de Industria y Polígonos Industriales Alfons Gómez Rosselló.
Información pública sobre la modificación de las fases y prórroga de la explotación minera Sayma (n.º 517) que forma parte del polígono 31; parcela 1202, del término municipal de Felanitx
El plan de restauración para el periodo comprendido entre el momento actual y septiembre de 2036, considerando el plazo para la conclusión de la autorización
AGENCIA MANACORNOTICIAS 08/07/2026 - 09:57:31
(Consejería de Empresa, Autónomos y Energía), así como formular ante dicho órgano las alegaciones que se consideren oportunas, tanto de manera presencial a través de cualquier

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA. Información pública sobre la modificación de las fases y prórroga de la explotación minera Sayma (n.º 517) que forma parte del polígono 31; parcela 1202, del término municipal de Felanitx.

De acuerdo con la Ley 10/2014, de 1 de octubre, de Ordenación Minera de las Illes Balears, y con la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se somete a información pública la solicitud del explotador con NIF B07843634, de autorización administrativa del proyecto sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria. Podrá resultar aplicable lo previsto en el capítulo III del título II en materia de consultas transfronterizas. Las características principales se señalan a continuación:

2026 y los 10 años de prórroga de explotación. El proyecto describe la técnica empleada en la explotación y restauración de la cantera, que será siempre similar a la prevista en el proyecto

— Expediente: 2025/35490.

— Tipo de actividad: explotación y restauración de una explotación minera de la sección A).

— Situación: forma parte del Polígono 31; parcela 1202, del término municipal de Felanitx.

— Isla: Mallorca.

Datos técnicos: Modificación de fases y calendario autorizado de la cantera Sayma hasta el vencimiento de la autorización en 2026, y la solicitud de prórroga de explotación, al existir recursos que no han sido aún extraídos y no ser posible hacerlo antes de la conclusión del plazo autorizado. Siguiendo las fechas del calendario de la resolución de abril de 2020, la prórroga se iniciaría a partir del 14 de septiembre de 2026, al no haber concluido la extracción de los recursos minerales disponibles. No implica en ningún caso una alteración sustancial de las condiciones de los derechos mineros vigentes.

El plan de restauración para el periodo comprendido entre el momento actual y septiembre de 2036, considerando el plazo para la conclusión de la autorización hasta septiembre de 2026 y los 10 años de prórroga de explotación. El proyecto describe la técnica empleada en la explotación y restauración de la cantera, que será siempre similar a la prevista en el proyecto autorizado. La documentación correspondiente al proyecto y al estudio de impacto ambiental puede consultarse en: ― La web de la Dirección General de Industria y Polígonos Industriales:

Podrá obtenerse la información pertinente en el órgano sustantivo (Consejería de Empresa, Autónomos y Energía), así como formular ante dicho órgano las alegaciones que se consideren oportunas, tanto de manera presencial a través de cualquier registro público, de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como a través del registro electrónico.  Dentro del plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de junio de 2026). El director general de Industria y Polígonos Industriales Alfons Gómez Rosselló. Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB n.º 97, de 24/07/2025).

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